REVISTA LOGÍSTICA y TRANSPORTE - 03/02/2017
El Comité Económico y Social Europeo sobre la paquetería transfronteriza:
"Las tarifas de los servicios de paquetería transfronterizos son, en ocasiones, sobre todo para los particulares y las pymes, de tres a cinco veces más altas que las correspondientes a los envíos nacionales".
Recomendaciones del Comité Económico y Social Europeo sobre el Reglamento de la paquetería transfronteriza.
Insuficiencias y mayor relevancia de la entrega y la devolución.
El Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los servicios de paquetería transfronterizos, ha venido a poner de manifiestos las siguientes conclusiones.
En el Dictamen, señala que "las tarifas de los servicios de paquetería transfronterizos son, en ocasiones, sobre todo para los particulares y las pymes, de tres a cinco veces más altas que las correspondientes a los envíos nacionales, y que esas diferencias no pueden explicarse por los costes de mano de obra o de otro tipo en el país de destino".
Además añade que "el CESE teme que las medidas preconizadas por este Reglamento, en particular la transparencia de las tarifas y las tasas terminales, la publicación de una oferta de referencia y la evaluación de la asequibilidad de las tarifas, cuya necesidad es incuestionable, resulten insuficientes sin medidas complementarias e inciten apenas a los servicios de paquetería transfronterizos a aplicar unas tarifas razonables".
Por otro lado, hace mención a que "las tarifas, la calidad y los procedimientos de entrega física de los productos pedidos en línea, y las condiciones para una posible devolución del paquete son algunos de los factores que influyen en la decisión de un consumidor de efectuar un pedido en línea". Con esta medida aseguran que la satisfacción de un comprador depende de su experiencia en la entrega.
Desde este organismo, también lamentan que se aplace hasta finales de 2018 la adopción de posibles medidas más vinculantes, a la espera de ver si la situación mejora de aquí a entonces. Y además solicita el mismo trato que para la telefonía móvil y que la Comisión haga que los servicios de paquetería transfronterizos bajen sus tarifas.
Asimismo señalan que "el mercado está dominado por algunos grandes vendedores en línea que generan cada día gran número de paquetes y, por ello, están bien armados para negociar las tarifas y las condiciones de envío con los operadores de servicios de paquetería, que se ven presionados a conceder tarifas negociadas muy ventajosas y unas condiciones de entrega específicas".
Como conclusiones, el presidente del Comité Económico y Social Europeo, Georges Dassis, señala en este Dictamen que:
El CESE lamenta que la Comisión aplace hasta finales de 2018 la adopción de posibles medidas más vinculantes, a la espera de un informe de evaluación sobre la aplicación del Reglamento sujeto a examen. En dicho informe, la Comisión pretende evaluar si la asequibilidad de los servicios de paquetería transfronterizos ha mejorado y si el acceso transfronterizo al por mayor se concede de forma transparente y no discriminatoria a los proveedores de servicios universales que prestan servicios de paquetería. No obstante, la Comisión no aporta indicación alguna sobre sus intenciones futuras si no se materializan la mejora y el acceso no discriminatorio citados.
El CESE habría preferido que la Comisión, igual que hizo con los precios de itinerancia de la telefonía móvil, dirigiera, al menos, un último y apremiante llamamiento a todos los servicios de paquetería transfronterizos para que bajen sus tarifas, y anunciara desde ahora que, de no ser así, intervendrá mediante una reglamentación y el establecimiento de un límite máximo de las tarifas.
Además, las propuestas del Reglamento relativas a la transparencia de las tarifas y las tasas terminales, la publicación de una oferta de referencia, la evaluación de la asequibilidad de las tarifas y el acceso transfronterizo transparente y no discriminatorio solo se aplican a los proveedores de servicios universales que prestan servicios de paquetería.
Ahora bien, en el mercado total de la paquetería, la parte de los proveedores de servicios universales oscila entre el 10 % (Bulgaria, España, Reino Unido e Italia) y el 25 % (República Checa, Dinamarca, Francia y Estonia), mientras que solo un pequeño porcentaje (del 5 % al 10 %) de los paquetes están cubiertos por las obligaciones de servicio universal. De ello se desprende que el Reglamento sujeto a examen solo aborda una parte marginal del mercado, la cual es sin embargo esencial para los consumidores y las pymes en las zonas remotas que no disponen de otras alternativas.
Por lo que respecta a la evaluación de la asequibilidad de los precios, hace años que el CESE pide que se aclare el concepto de asequibilidad de los servicios de interés económico general y se introduzcan medidas legislativas que obliguen a los Estados miembros a elaborar indicadores para determinar tal asequibilidad. Estima, por consiguiente, que las disposiciones del Reglamento constituyen un primer paso en la dirección adecuada, teniendo presente que dicha evaluación deberá ir seguida, si procede, de las medidas pertinentes.
No obstante, la evaluación prevista por el Reglamento sujeto a examen se limitará a las tarifas de las categorías de envíos enumeradas en la lista pública de tarifas transfronterizas prevista en el anexo al Reglamento, es decir, los paquetes de 0,5, 1, 2 o 5 kg (con o sin seguimiento y localización). El CESE estima que dicha evaluación debería ampliarse a los paquetes de 10, 15 y 20 kg, también con vistas a una posible reglamentación futura de las tarifas de los servicios transfronterizos de paquetería.
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